Hostelería de España lanza una plataforma para cumplir con la Ley de Desperdicio Alimentario

Gestión 27/03/2026

Las medidas obligatorias para todos los agentes de la cadena alimentaria contempladas en la Ley 1/2025 de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario serán plenamente exigibles a partir del próximo 2 de abril de 2026. Esta norma, impulsada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, marca un punto de inflexión en la gestión de los alimentos en España, con especial impacto en el sector de la hostelería.

El objetivo de la ley es avanzar hacia un modelo más eficiente y sostenible, fomentando la optimización del uso de los alimentos, la recuperación de subproductos y la canalización de excedentes hacia la donación. Todo ello con una doble finalidad: reducir el impacto ambiental y contribuir a cubrir las necesidades alimentarias de colectivos vulnerables.

Una herramienta sectorial para facilitar el cumplimiento

Ante la complejidad operativa que puede suponer la adaptación normativa para un tejido empresarial que supera las 300.000 compañías, Hostelería de España ha desarrollado la plataforma digital hosteleriacircular.es. Esta iniciativa actúa como ventanilla única para el sector, centralizando recursos clave para el cumplimiento de la ley.

La plataforma incluye:

  • Información detallada sobre la jerarquía de prioridades en la gestión de excedentes.
  • Guías prácticas de prevención del desperdicio alimentario.
  • Modelos de acuerdos de donación con entidades sociales.
  • Herramientas para la elaboración del plan de prevención obligatorio.

Además, permite a los establecimientos obtener la certificación correspondiente mediante un proceso simplificado en tres pasos, que incluye la presentación de una declaración responsable.

Excepciones y alcance normativo

La ley contempla ciertas excepciones relevantes. En concreto, quedan exentas de la obligación de contar con un plan de prevención y de formalizar acuerdos con entidades sociales aquellas actividades de distribución alimentaria realizadas en establecimientos con una superficie de exposición y venta igual o inferior a 1.300 m².

No obstante, el grueso del sector deberá implementar medidas activas de prevención, medición y gestión de desperdicios, lo que implica ajustes en procesos internos, logística y relación con proveedores y entidades colaboradoras.

Obligaciones ya vigentes en hostelería

Cabe recordar que desde enero de 2025 ya están en vigor algunas obligaciones específicas para la hostelería. Entre ellas, destaca la necesidad de ofrecer al cliente la posibilidad de llevarse los alimentos no consumidos sin coste adicional —salvo en el caso de envases de plástico—.

Esta medida no aplica a formatos de bufé libre o similares, donde la disponibilidad de producto no está limitada. Asimismo, los establecimientos deben informar de forma clara y visible sobre esta opción, preferiblemente a través de la carta o el menú.

Para facilitar esta adaptación, la plataforma sectorial también pone a disposición de los negocios materiales descargables, como cartelería informativa.

Un cambio estructural para el sector

La entrada en vigor plena de la ley supone un paso decisivo hacia la profesionalización de la gestión del desperdicio alimentario en la hostelería. Más allá del cumplimiento normativo, se abre una oportunidad para mejorar la eficiencia operativa, reforzar el posicionamiento en sostenibilidad y responder a una demanda creciente por parte del consumidor y de la sociedad.

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