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Bruselas abre expediente a España por sancionar a aerolíneas que cobran equipaje de mano

miércoles 8 de octubre del 2025 | 13:10

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La Comisión Europea ha iniciado un procedimiento para investigar si España ha vulnerado la legislación comunitaria al imponer sanciones contra varias aerolíneas por cobrar tarifas extra por el equipaje de mano.

En noviembre de 2024, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 impuso multas por un total de 179 millones de euros a cinco aerolíneas de ‘low cost’ —entre ellas Ryanair, Vueling, EasyJet, Volotea y Norwegian— por prácticas que el Gobierno considera abusivas. Las sanciones incluyen cobrar suplementos por el equipaje de cabina, por la impresión del billete en el aeropuerto, por la reserva de asientos contiguos para menores o personas dependientes, así como por la falta de transparencia en los precios que se muestran al consumidor.

Estas medidas por parte de España se basan en jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en particular en la llamada “sentencia Vueling” de 2014, que considera que llevar equipaje de mano en cabina es parte esencial del servicio de transporte aéreo y, siempre que cumpla requisitos razonables de peso, dimensiones y seguridad, no puede generar un coste adicional al billete.

España defiende que las sanciones están plenamente justificadas

Bruselas puso en marcha un diálogo informal con las autoridades españolas —a través del mecanismo EU Pilot— para recabar información sobre estas sanciones y evaluar si se ajustan a la normativa comunitaria sobre transporte aéreo, transparencia, competencia y derechos de los consumidores.

El objetivo es determinar si España, al imponer estas sanciones, ha actuado conforme a las reglas europeas que garantizan tanto la protección de los consumidores como la libre competencia y la libertad de fijación de precios. Una decisión desfavorable podría derivar en un expediente formal de infracción.

Posiciones enfrentadas

El Gobierno español defiende que las sanciones están plenamente justificadas y basadas en la jurisprudencia del TJUE, que declaró ilegal que las aerolíneas cobren por equipaje de mano cuando este cumple los requisitos normales.

Por el contrario, las aerolíneas afectadas han recurrido las multas judicialmente y defienden que tienen derecho a establecer sus tarifas libremente bajo el marco de la legislación europea, alegando que la interpretación española podría chocar con regulaciones más recientes o con derechos de mercado. En medio de uno y otras, organizaciones de consumidores apoyan las sanciones, considerando que muchas de estas prácticas suponen un perjuicio real al pasajero, especialmente cuando los costes extra no están claros desde el inicio al comprar el billete.

Si Bruselas decide abrir un expediente formal de infracción contra España, el Estado podría verse obligado a modificar o anular las decisiones sancionadoras, o a ajustarse a una interpretación diferente de la normativa europea. Además, podría sentar precedentes para otros países de la UE donde aerolíneas aplican políticas similares, afectando regulación futura del transporte aéreo, precios, derechos del pasajero y transparencia.

Por ahora, el proceso de la Comisión Europea se encuentra en la fase de intercambio de información informal. Se trata de evaluar los argumentos presentados por España. No se ha decidido aún si se abrirá expediente forma

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